LA COBRANZA EXTRAJUDICIAL
Para el tema mensual del Despacho Jurídico SAGAUSCA, S.C., se ha decidido abordar el fenómeno de las cobranzas, problemática que a todos, en alguna medida, nos ha afectado o beneficiado.
El tema de la cobranza extrajudicial resulta basto y particularmente abundante de información, por lo cual, para efectos de mantener la fácil lectura de este artículo, nos limitaremos a tratar únicamente la cobranza extrajudicial.
¿QUÉ ES LA COBRANZA EXTRAJUDICIAL?
Debemos entender este tema como toda diligencia realizada por un despacho jurídico, por medio del cual, se procura la recuperación de una cantidad determinada en dinero, o bien, en especie. Estas diligencias se caracterizan por ser actos realizados meramente entre particulares, sin la intervención de ninguna autoridad pública ni jurídica.
NOTIFICACIONES FALSAS SOBRE LAS COBRANZAS EXTRAJUDICIALES
Comúnmente se entregan formatos que aparentan ser demandas o incluso -erróneamente llamadas- denuncias, para pretender “amenazar” o “intimidar” a los presuntos deudores y así conseguir el pago de una cantidad o prestación determinada. Ante ello, es importante tener en cuenta los siguientes puntos:
- Las notificaciones judiciales, en este caso las demandas, son entregadas únicamente por actuarios del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro, o en su caso, del Poder Judicial de la Federa
ción. Dichos funcionarios tienen la obligación de identificarse como tal, por lo que, si una persona te entrega una supuesta demanda sin identificarse, probablemente no se trate de un actuario, ni de una notificación oficial. - Las denuncias son exclusivas de la rama jurídica penal, por lo que si una persona te amenaza argumentando que ha presentado una “denuncia” en tu contra, seguramente no ha iniciado ningún proceso jurídico, ya que este tipo de procesos se realizan en vías civiles o mercantiles.
Es importante tener en cuenta que los abogados estamos capacitados no solamente para llevar a cabo procesos litigiosos, sino que además, la mayoría contamos con diplomados, cursos y especializaciones en materia de negociaciones. Por ello, no debemos esperar hasta que haya una demanda de por medio, sino que debemos utilizar al abogado como una herramienta de prevención, lo cual, se traducirá en un ahorro económico y de tiempo, a la vez que evitará posibles situaciones estresantes en un futuro. Al recibir una situación de este estilo, el abogado estará en posición de informarte respecto de la procedencia o improcedencia de las exigencias del presunto acreedor, es decir, tendrás un panorama claro sobre si le asiste o no el derecho a la otra persona para intentar cobrarte en una vía judicial. Si en efecto, la otra persona tiene el derecho de cobrarte, el abogado procurará dirigir las negociaciones de modo que pueda conseguir las mejores modalidades de pago, o incluso reducir tu deuda.
¿QUÉ HACER SI ME DEBEN A MÍ?
Generalmente recurrimos al abogado hasta que pretendemos demandar a la persona que nos debe, no obstante, el recurrir a un despacho jurídico con anticipación facilita el cobro de las cantidades que te adeudan, ya que se suele ofrecer un servicio integral, donde se procura la recuperación del monto por medio de visitas presenciales, requisiciones de pago por escrito, suspensión de servicios –en el caso de condominios-, solicitudes de pago a través de nuestro call center, entre otras.
Asimismo, los abogados cuentan con las herramientas necesarias para investigar los bienes y negocios del deudor, de modo que se torna más fácil el ofrecimiento de propuestas de pago al mismo; evitando así la iniciación de un proceso judicial que será más tardado y gravoso.
CONCLUSIÓN SOBRE LA COBRANZA EXTRA JUDICIAL
La cobranza extrajudicial es una herramienta que recomendamos, ya que, en primer lugar, ahorra tiempo y dinero; también supone un arreglo más armónico entre las partes; y, finalmente, es más fácil llegar a un acuerdo, toda vez que los intereses y cobros accesorios, suelen ser más bajos por la anticipación en tiempo.
Autor: Luis Arturo Leyva Ledezma