¿Qué es?
El fraude es la acción de perjudicar a otro a través del engaño en beneficio propio.
¿Qué dice la ley?
En el artículo 193 del Código Penal para el Estado de Querétaro se contempla el tipo penal del Fraude, el cual, señala lo siguiente:
“Artículo 193.- Al que engañando a alguien o aprovechándose del error en que éste se halla, se haga ilícitamente de alguna cosa o alcance un lucro indebido, se le impondrán una pena de prisión hasta por 15 años, ello en razón al monto de lo defraudado.” Uno de los ejemplos más comunes de la materialización de un fraude se da al momento de la compraventa de automóviles; en estos casos, de manera frecuente, el comprador “paga” con un cheque sin fondos y de este modo, a través del engaño, se hace de un bien de manera ilícita.
Asimismo, otra de las situaciones donde se suele perpetuar el delito de fraude es al realizar compras en línea; donde a través de redes sociales, aparentes páginas oficiales de algún producto, sitios de renta de inmuebles o por medio de cualquier sitio de internet, el sujeto activo (quien delinque) convence al comprador de realizar la compra y, al momento del pago, el supuesto vendedor deja de contestarnos, nos bloquea, nos elimina, etc. En estos casos, hablamos de que hemos sido víctimas del delito de fraude.
De manera común, este tipo de delitos contra el patrimonio se dejan pasar sin acudir ante la autoridad para denunciar; sin embargo, cuando no denunciamos fomentamos la continuación de este tipo de ilícitos, favorecemos la impunidad dentro de nuestro país y, en consecuencia, motivamos la inseguridad dentro de la sociedad mexicana.
Si sufres cualquier afectación a tus derechos, nosotros te asesoramos.
Mtra. Claudia Darlent Mendoza Guerrero
Abogado Penalista